Aclare sus principales dudas sobre ICMS en la importación

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Empresas de todos los segmentos están sujetas a las tasas y a las obligaciones fiscales que se presentan de todas las formas. Entre ellas, una de las más importantes y que causan algunas dudas es la cobranza de ICMS en la importación.

Los principales cuestionamientos giran alrededor del cálculo que es hecho, de la tabla utilizada, y cuándo, de hecho, esta cobranza incide. No saber estas importantes informaciones puede causarles problemas de orden fiscal y financiero a las empresas.

A lo largo de esta publicación, abordamos las principales informaciones al respecto del ICMS en la importación. Además de esto, ofrecemos respuestas para las principales dudas que rondan el tema. ¡Buena lectura!

¿Qué es el ICMS en la importación?

El ICMS es un impuesto cobrado en todo Brasil. La sigla es referente al término “Impuesto sobre Operaciones relativas a la Circulación de Mercancías y sobre Prestaciones de Servicios de Transporte Interestatal e Intermunicipal y de Comunicación”.

Toda mercancía importada que llega al país está encuadrada en el ICMS, o sea, pasará por la cobranza de este impuesto, que en este caso es justificado por el trámite aduanero del producto, que es el hecho generador. La cobranza es hecha para cualquiera, ya sea persona física o jurídica, contribuyente del ICMS habitualmente o no.

¿Cómo es hecho el cálculo?

cálculo necesario para obtenerse el valor del impuesto a ser pagado. Primeramente, es importante resaltar que la alícuota del ICMS varía de un estado para el otro, lo que también influye directamente en los casos de importación. Es considerado el estado del destinatario, y no donde el trámite aduanero fue hecho.

El cálculo del ICMS tiene en consideración:

  • valor declarado del producto en el documento de importación;
  • valor de los impuestos de importación;
  • impuesto sobre productos industrializados (IPI);
  • impuesto sobre operaciones de cambio (IOF);
  • PIS;
  • Cofins;
  • tasa Siscomex;
  • Marina Mercante, en el embarque marítimo.
  • gastos aduaneros;
  • otras tasas y cobranzas que fueren aplicadas a cada estado.

Considerando todos estos valores, de forma hipotética, supongamos que la suma final del hecho generador haya resultado en R$ 1.000. Después de esto, debe ser encontrada la base de cálculo, que considera siempre la tasa ICMS del estado en cuestión.
Suponiendo que en este ejemplo la alícuota del estado sea del 20%, deberá ser hecho primeramente el cálculo estándar, siempre utilizando el factor y la alícuota correspondiente:

  • 1.000 / (1 – 20) = 1.000 / (0,80) = R$ 1.250

Solamente después de esta cuenta inicial debe ser aplicado el cálculo directo con la alícuota en cuestión (20%):

  • R$ 1.250,00 x  20 % = R$ 250,00

Siendo así, en este caso el valor del ICMS sobre la importación será de R$ 250,00.

¿Cuáles tablas deben ser usadas en el cálculo?

El cálculo del ICMS es estándar, pudiendo haber variaciones en la suma del valor total, lo que depende del valor de la mercancía y de otras tasas. No obstante, como citamos, la alícuota utilizada en el cálculo varía de un estado para otro, conforme el producto.

Para esto, es fundamental consultar la tabla vigente y actualizada, pues así es posible saber exactamente cuál porcentual utilizar.

¿Existe un sistema de crédito?

El ICMS es un impuesto que les da a las empresas la posibilidad de compensación. De esta forma, cuando una persona jurídica recibe un producto que será revendido, o sea, ella no es el consumidor final, ella puede obtener crédito por medio de un impuesto cobrado anteriormente, en otras ocasiones de importación, conforme el régimen contable de la empresa.

Para entender mejor cómo funciona esta cuestión de crédito, la mejor alternativa es contextualizar en una situación hipotética. Por tanto, supongamos que determinada persona jurídica importe mercancías para su reventa pagando R$ 200, y que en su estado la alícuota sea del 18%.

El hecho de que esta empresa no es el consumidor final del producto importado, ya que ella lo revenderá, permitirá que el ICMS pagado se convierta en un crédito para ella, que en este caso será de R$ 43,90 (200,00 / (1 – 18) = 200,00 / (0,82) = R$ 43,90

Al revender en el mercado nacional, supongamos que esta empresa cobre al consumidor final el valor de R$ 300,00 por el producto, lo que generará un tributo obligatorio de R$ 65,85.

(300,00 / (1 – 18) = 300,00 / (0,82) = R$ 65,85

Al cerrar esta cuenta en el momento de la cobranza de impuestos con el fisco, en vez de tener que pagar los R$ 65,85 ella tendrá que pagar solamente R$ 21,95, teniendo en cuenta que ella ya había pagado los R$ 43,90 quedando solamente la obligación de arcar con esta diferencia R$ 21,95 (R$ 65,85 – R$ 43,90).

Al final de cada mes la empresa debe hacer este cruzamiento de valores, para verificar la incidencia de más créditos que débitos de obligaciones de estas tasas.

Si esto ocurre, no es configurado un caso de recibimiento de estos valores, quedando solamente como un saldo positivo para seguir siendo aprovechado en las próximas importaciones.

No obstante, si ocurre lo contrario, con la empresa cruzando estas informaciones y constatando que hay valores a ser pagados, el sector de contabilidad debe hacer el pago. Es fundamental que este levantamiento sea hecho mensualmente.

¿Cómo es hecho el pago del ICMS en la importación?

Sabiendo exactamente cómo es hecho el cálculo del impuesto, es necesario también estar atento a la forma de pago. Básicamente esta etapa ocurre después de que el Gare o GNRE sean generados. Ellos detallarán todas las informaciones referentes a los valores del ICMS en la importación.

La diferencia entre estos dos documentos está relacionada al estado para el cual la cobranza del impuesto es debida.

El Gare es el documento exclusivo para el estado del San Pablo, que debe ser generado en el sitio web del Sefaz-SP, mientras para el resto de Brasil, con excepción de Espírito Santo, el GNRE es el utilizado, debiendo ser generado sitio web propio,con la elección del estado.

Ya para las cobranzas referentes al estado del ES, es necesario emitir un documento llamado DUA (Documento Único de Recaudación), que debe ser obtenido en el sitio web del Sefaz-ES.

Es importante resaltar que el plazo límite para el pago del ICMS es hasta el momento del trámite aduanero. En el caso contrario, habrá la incidencia de multas e intereses por atraso. Después de este pago, la Secretaría de Hacienda del estado correspondiente hará el análisis del valor pagado y, en el caso que esté todo correcto, el producto será liberado.

Entender todos los detalles del ICMS en la importación es fundamental para que su empresa logre conducir las obligaciones de la mejor forma posible. Así es posible actuar de forma legal, sin que los productos sean retenidos.

Casos especiales

Existen situaciones en que hay exoneración del ICMS, como por ejemplo las operaciones con drawback, re-importación, admisión temporal, división de pago del tributo, entre otros.

¿Le gustó esta publicación? ¡Aproveche y vea cuáles son los tributos de importación con los que su empresa debe preocuparse!